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Verifactu en tu bar, restaurante o comercio: ¿te afecta y desde cuándo?

Dinos qué eres y si ya usas el SII: la página te dice si te afecta Verifactu y cuándo, con la fecha y su fuente. Es gratis, no pide ningún dato y no es asesoramiento fiscal.

El calendario se está moviendo

Las fechas en vigor, según la AEAT (página actualizada el 07/10/2026), son: antes del 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto. El 05/10/2026 el Ministerio de Hacienda anunció la previsión de ampliar de nuevo el plazo, pero a 08/10/2026 ese nuevo plazo no está publicado en el BOE: hasta que lo esté, valen las fechas anteriores. Algunas webs de asesorías hablan de octubre de 2028: es una información de prensa, no una fecha oficial publicada.

Tu resultado

Sí te afecta

Fecha límite para adaptar tu sistema de facturación

Autónomos y resto de obligados: antes del 1 de julio de 2027.

Calendario en movimiento: el 05/10/2026 Hacienda anunció la previsión de ampliar el plazo. Mientras el BOE no publique el nuevo, valen estas fechas.

Tres formas de cumplir

  1. La aplicación gratuita de facturación de la AEAT, en su sede electrónica.
  2. Un TPV o programa de facturación ya adaptado: pregunta a quien te lo vendió si tu versión se actualiza.
  3. Que lo dejemos hecho nosotros: la puesta en marcha de Verifactu como servicio puntual, por 390 € una sola vez, sin IVA. No somos tu asesoría fiscal ni el proveedor de tu TPV.

Orientación con la información de la AEAT leída el 08/10/2026. No es asesoramiento fiscal: confírmalo con tu asesoría.

Recibe este resultado en PDF, con los próximos pasos

Te enviamos el resultado de arriba en un PDF, con las tres formas de cumplir y lo que conviene preguntar a tu proveedor.

Cómo se decide

Verifactu es el reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023). Se aplica a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, a los del IRPF que desarrollan actividades económicas, a los del IRNR con establecimiento permanente y a las entidades en atribución de rentas.

Quedan fuera quienes llevan los libros registro del IVA por el SII, según el propio reglamento. La fecha depende del tipo de contribuyente: sociedades antes del 1 de enero de 2027, el resto antes del 1 de julio de 2027, según la AEAT.

La factura electrónica entre empresas es otra obligación, con su propio calendario: consúltalo en la AEAT. Este test solo trata de Verifactu.

Leer el artículo sobre Verifactu en bares y comercios

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio Verifactu ya?

No. Según la AEAT, el sistema de facturación debe estar adaptado antes del 1 de enero de 2027 si eres sociedad y antes del 1 de julio de 2027 en el resto de casos. El 05/10/2026 Hacienda anunció la previsión de ampliar el plazo, que aún no está publicado en el BOE.

¿Me afecta si tengo un bar o un restaurante?

Si emites tickets o facturas con un programa informático o un TPV y eres autónomo, sociedad o entidad en atribución de rentas, sí, salvo que lleves los libros por el SII.

¿Qué es VERI*FACTU y qué es NO VERI*FACTU?

Son dos modalidades. En VERI*FACTU el programa envía cada registro a la AEAT; en la otra no se envía, pero el sistema debe garantizar que los registros no se alteran. Elegir una o otra se lo plantea cada contribuyente a su asesoría.

¿HolaClics es mi asesoría o mi proveedor de TPV?

No. Ofrecemos la puesta en marcha de Verifactu como servicio puntual, con precio publicado. Para interpretar la norma en tu caso, habla con tu asesoría o con la AEAT.

Fuentes oficiales (leídas el 08/10/2026)

¿Quieres que lo dejemos hecho?

La puesta en marcha de Verifactu, como servicio puntual y con precio publicado.

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